La mejor forma de predecir el futuro es crearlo.-Abraham Lincoln.

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domingo, 14 de junio de 2015

Derecho Ambiental Módulo 1 Desarrollo ambiental. Nociones generales.



1. Introducción al concepto de medio ambiente

Introducción
Para poder comprender lo que ocurre a nuestro alrededor y saber en cada momento y con exactitud de qué estamos hablando, es fundamental que conozcamos un conjunto de términos básicos que se van a emplear con mucha frecuencia a lo largo de este Módulo.
Como además veremos, estos conceptos referidos al medio ambiente están íntimamente relacionados unos con otros, por lo que es importante dominarlos bien para evitar confusiones.
Por ello, este capítulo está dedicado íntegramente a la definición y explicación de estos conceptos.
Objetivos
Con el desarrollo de esta Unidad Temática se pretende:
  • Que alumnos y alumnas distingan los diferentes conceptos y términos que se utilizan habitualmente al referirnos al medio ambiente.
  • Que el alumnado comprenda las relaciones existentes entre el medio ambiente y el desarrollo económico y social.

Introducción al concepto de medio ambiente
Basta abrir un periódico o ver la televisión para notar que el medio ambiente está de moda. Pero, ¿sabemos realmente de qué estamos hablando?
El medio ambiente es el compendio de valores naturales, sociales y culturales existentes en un lugar y un momento determinado, que influyen en la vida material y psicológica del hombre y en el futuro de generaciones venideras.



Es decir, no se trata sólo del espacio en el que se desarrolla la vida de los seres vivos. Abarca, además, seres humanos, animales, plantas, objetos, agua, suelo, aire y las relaciones entre ellos, así como elementos tan intangibles como la cultura.
 
No obstante, en este capítulo nos referiremos exclusivamente al componente “natural” del medio ambiente.
Por esta razón, es importante que nos situemos y comprendamos la dimensión real de otro concepto cuyo uso es muy común en estos tiempos: La ecología.
La ecología es una ciencia que nació en 1869. El biólogo alemán Ernest Haeckel la introdujo por primera vez en el vocabulario científico. Para él, se trataba de una ciencia que debía estudiar las relaciones que ocurrían entre los diferentes seres vivos y el sitio en el que se desarrollaba su vida.
En la actualidad, se reconoce a la ecología como la ciencia que se encarga del estudio y análisis de los ecosistemas.
Se denomina ecosistema al espacio constituido por un medio físico concreto y todos los seres que viven en él, así como las relaciones que se dan entre ellos.
 
Todos los seres vivos se desarrollan dentro de un ecosistema. Ejemplos de ecosistema serían, un bosque, un estanque o una ciudad, con sus correspondientes plantas y animales, pero también –y a otra escala– lo sería, un árbol o nuestra propia piel.

Es muy importante reseñar que estos ecosistemas no son estáticos sino que por el contrario, evolucionan y cambian bajo unas condiciones determinadas.

En los procesos relacionados con la vida, los equilibrios siempre son dinámicos.

De los diferentes seres vivos que habitan en la Tierra, destacan los animales y las plantas. Nos referiremos a la flora de un lugar como el conjunto de especies de plantas que allí viven


Hablaremos de fauna, haciendo referencia a las diferentes especies animales que habitan un determinado lugar.
Quizá merezca la pena resaltar que, en la actualidad, existen muchos seres vivos que no son ni animales ni plantas. Los hongos o las bacterias, por ejemplo, son dos grupos independientes de éstos. Su papel dentro de la naturaleza es también de gran importancia
Al territorio concreto en el que viven varias especies, tanto animales como vegetales y de otro tipo, que mantienen ciertas relaciones de dependencia entre ellas y con el lugar al que se han adaptado se le denomina hábitat.

Un lago sería un ecosistema en el que podríamos distinguir al menos dos hábitats diferentes: las orillas y el fondo del lago. Los seres vivos que se desarrollan en cada una de estas partes son diferentes. 

Esto se debe a que en cada caso, las condiciones ambientales son distintas. Un hábitat muy característico son las charcas que se forman entre los límites de pleamar y bajamar.

Los seres que allí viven evolucionan bajo unas condiciones muy determinadas impuestas por el régimen de mareas, que definen claramente un hábitat propio.
En cada ecosistema conviven y, como ya hemos mencionado, se interrelacionan los diferentes seres vivos. En lugares como la Antártida o el desierto, el número de especies es muy bajo debido a las condiciones tan duras que allí se dan. Por el contrario, en otros como las selvas el número de especies se cuenta por cientos de miles.
El término que alude a la variedad de seres vivos diferentes que viven en un territorio determinado se denomina biodiversidad. Este término puede describirse desde el punto de vista de los genes, de las especies y de los ecosistemas




 El ser humano y el medio ambiente
El ser humano es, en teoría, sólo una especie más. Sin embargo, su gran capacidad para explotar los recursos naturales y su dominio sobre la energía lo convierten en una especie diferente a las otras.
La relación del ser humano con los ecosistemas en los que ha vivido ha ido cambiando a lo largo de su historia de acuerdo con el incremento en el número de hombres y mujeres sobre la Tierra y con el desarrollo de su tecnología (ver figura 1).
Del medio ambiente proceden todos los recursos que utilizamos para vivir: aire, agua, alimentos, energía, etc. Sin embargo, también nuestros residuos y las consecuencias de nuestro desarrollo acaban en él.
Al efecto que una determinada acción humana produce en el medio ambiente se le denomina impacto ambiental.
La construcción de una presa lleva asociado un importante cambio sobre el hábitat en el que se implanta. El impacto más claro es el que se produce sobre los peces que allí viven, ya que interrumpe su cauce natural; desaparecen las orillas, por lo que muchos animales dejan de criar. Incluso el aumento de la humedad atmosférica en torno al embalse condiciona la presencia de ciertas especies vegetales.
Pero no sólo producen impactos las grandes obras. El hecho de levantar una piedra y no dejarla después como estaba destruye el hogar de una gran variedad de seres vivos. El uso de la calefacción o el calor desprendido por los coches provocan un aumento en la temperatura de las ciudades en dos o tres grados respecto a sus alrededores.Esto permite que animales como algunos insectos se desarrollen mejor en las ciudades que fuera de ellas.
Uno de los efectos más graves de nuestra relación con la naturaleza es la contaminación. Cuando hablamos de contaminación, nos estamos refiriendo a cualquier tipo de impureza, materia o influencias físicas (como productos químicos, basuras, ruido o radiación) en un determinado medio y en niveles más altos de lo normal, que pueden ocasionar un peligro o un daño en el sistema ecológico, apartándolo de su equilibrio.
Claros ejemplos de contaminación pueden detectarse en la atmósfera de los polígonos industriales de las grandes ciudades o en las aguas de nuestros ríos.
Las sustancias contaminantes están presentes en casi cualquier medio, impidiendo o perturbando la vida de los seres vivos y produciendo efectos nocivos a los materiales y al propio ambiente, repercutiendo además en nuestra calidad de vida.
De todos los contaminantes, podíamos destacar los metales pesados, ya que son muy perjudiciales para los seres vivos y, además, son de los que poseen una mayor persistencia en el medio en el que se depositan.
Cuando se hace referencia al conjunto de desperdicios, ya sean líquidos, sólidos o gaseosos que se introducen en el medio ambiente como consecuencia de la acción humana se habla de vertido.
El alpechín, residuo de las almazaras durante el proceso de extracción del aceite de oliva, solía ser vertido hasta hace pocos años a los cauces de los ríos sin una depuración previa. Esto conllevaba la destrucción de toda la fauna del arroyo.
Desgraciadamente, no es extraño que cada cierto tiempo se produzcan vertidos de petróleo y sus derivados al mar. Sólo es cuestión de prestar un poco de atención a los medios de comunicación para conocer sus fatales consecuencias.
Nuestra acción sobre el medio ambiente se está traduciendo en el aumento del volumen de residuos que día a día generamos. Hablamos de residuos para referirnos a cualquier sustancia u objeto inservible, del cual su poseedor se desprende.




La primera medida a adoptar en materia de residuos es la reducción de los mismos, tanto en cantidad como en cuanto a la minimización de su peligrosidad.
En segundo lugar, buena parte de los residuos no son realmente objetos o sustancias inservibles, sino que pueden aprovecharse para volver a usarlos (reutilización), para transformarlos en nuevas materias primas (reciclaje) o para extraer la energía que contienen. El aprovechamiento de los residuos impidiendo que vayan a parar al medio ambiente es lo que se conoce como valorización.
Por tanto, la reutilización y el reciclaje son métodos muy valiosos para economizar materias primas y energía, además de incidir en la disminución de la cantidad de vertederos.
El reciclaje de ciertos materiales como el vidrio y el papel suponen un importante ahorro en la utilización de materias primas. Existen ciertos materiales que prácticamente no pierden propiedades, respecto a su estado inicial, tras haber sido reciclados, por lo que una misma materia prima puede ser procesada en la industria más de una vez, evitando su extracción del medio ambiente y su vertido como residuo contaminante.
Además del uso racional de las materias primas de las que nos abastecemos, es importante pensar en la energía que utilizamos en nuestras industrias y en la vida cotidiana.
Durante toda la historia del ser humano, éste ha recurrido preferentemente a formas de energía no renovables, es decir, que tras su uso sistemático acabarán por agotarse. Entre ellas podríamos destacar la madera procedente de la tala de árboles, el carbón o el petróleo.
Sin embargo, existen energías renovables que se obtienen de fuentes inagotables, es decir, fuentes que no se gastan con su utilización, o que tardan un corto periodo de tiempo en regenerarse.
En la energía renovable se emplea la fuerza del viento (eólica), del agua (hidráulica), la radiación del sol (solar) o el poder calorífico de la materia orgánica (biomasa).

Desarrollo sostenible

Parece ser que la relación del ser humano con la naturaleza no se ha desarrollado de la forma más correcta. En gran medida, esto se ha debido al desconocimiento de las consecuencias negativas en su modo de vivir.


A finales de los años ochenta surgió un concepto que hoy día tienen asumido la mayoría de los países y del cual depende nuestro futuro: el desarrollo sostenible.
Este término se generaliza en el Informe Brundtland, también conocido como “Nuestro Futuro Común” (Comisión Mundial para el Desarrollo del Medio Ambiente de las Naciones Unidas, 1987).
El desarrollo sostenible puede definirse como aquel modelo de desarrollo que busca satisfacer las necesidades del presente sin comprometer la satisfacción de las necesidades de generaciones futuras.
Un ejemplo claro de tendencia hacia el desarrollo sostenible en la pesca, sería la utilización de artes de pesca selectivas, la realización de paradas biológicas que permitan la regeneración de los caladeros, los cultivos marinos y la acuicultura.
En este contexto, surge el Principio “quien contamina paga”. Este principio viene recogido en el artículo 174 del Tratado de la Unión Europea, y establece que todo el que contamina debe pagar por el daño ecológico causado.
Con arreglo a este principio, los responsables de un acto de contaminación tienen que pagar los costes de todas las medidas necesarias para eliminarla, o reducirla a un nivel jurídicamente admitido.






UNIDAD 1 - EL AMBIENTE.
INTRODUCCIÓN.
CONCEPTOS GENERALES


   1.1- Ambiente




Es el conjunto de valores naturales, sociales y culturales existentes en un lugar y un momento determinado, que influyen en la vida del hombre y en las generaciones venideras. Es decir, no se trata sólo del espacio en el que se desarrolla la vida sino que también abarca seres vivos, objetos, agua, suelo, aire y las relaciones entre ellos, así como elementos tan intangibles como la cultura.



Podemos considerar ambientes también a un complejo de factores externos que actúan sobre un sistema y determinan su curso y su forma de existencia. 

Un ambiente podría considerarse como un súper conjunto, en el cual el sistema dado es un subconjunto.

Un ambiente puede tener uno o más parámetros, físicos o de otra naturaleza. El ambiente de un sistema dado debe interactuar necesariamente con él. De esta forma, el medio ambiente puede entenderse como un microsistema formado por varios subsistemas que interaccionan entre sí. Cuando se produce algún fallo en esas interacciones surgen los problemas ambientales.



Ambiente humano: Es el resultado de la interacción dialéctica permanente entre dos órdenes de fenómenos:

  • Los que corresponden al campo socio-cultural
  • Los que corresponden al campo físico-espacial
De esta caracterización del ambiente humano se deduce:

  •  Que el significado de ambiente humano es comprensible a través de la relación entre dos órdenes o categorías de fenómenos que corresponden a diferentes segmentos o aspectos de la realidad.
  • La separación entre los campos es solo a los efectos de una mejor comprensión

El ambiente humano es el resultado de la acción del hombre de habitar humanamente, se trata de la totalidad de condiciones de vida recreadas por el hombre, pues donde hay presencia humana siempre se produce una reestructuración, ya sea en superficie o en profundidad de las condiciones de vida existentes.
 
1.1.1 Distintas Concepciones
En cuanto a la definición de ambiente podemos encontrar diferentes posiciones:

  •  Concepción amplia: Entiende el ambiente como todo aquello que rodea al hombre, todo lo que puede influenciarlo y ser influenciado por él. Este comprende el ambiente natural (comprende a la biosfera en general), ambiente construido por el hombre (todo lo relacionado con el urbanismo) y el ambiente social (comprende sistemas sociales, políticos y económicos).
  • Concepción restringida: limita el ámbito de protección ambiental a la tutela del agua y el aire, con exclusión del resto de la naturaleza.
  • Concepción intermedia: Se caracteriza por incluir en el concepto de ambiente todo aquello que pueda ser considerado un recurso natural, ya sea biótico o abiótico.
 



Para Alsina Bustamante (1995), el ambiente 
 “es el conjunto de factores que influyen sobre el medio en el cual el hombre vive”.









1.2 Preocupación universal por el ambiente. Institucionalización de la protección del ambiente. Conferencia de Estocolmo. Conferencia de Río.

   Conciencia Ambiental: Para definir el término conciencia ambiental recurro primero a las definicionesde cada una de las palabras que la forman:

  •  Conciencia: proviene del término latín conscientia, y se define como el conocimiento que el ser humano tiene de sí mismo y de su entorno.
  •  Ambiente, ambiental: Se entiende por entorno o suma total de aquello que nos rodea y que afecta y condiciona, especialmente las circunstancias en la vida de las personas o la sociedad en su conjunto. Comprende la suma de valores naturales, sociales y culturales existentes en un lugar o momento determinado, que influyen en la humanidad, así como, en las generaciones venideras.
Es decir, no se trata sólo del espacio en el que se desarrolla la vida, sino también que abarca seres vivos, objetos, agua, suelo, aire y las relaciones entre ellos, así como elementos intangibles como la cultura.
Significa conocer nuestro entorno para cuidarlo y que nuestros hijos también puedan disfrutarlo.

Si definimos la educación ambiental como el proceso permanente que busca generar conciencia ambiental hacia el desarrollo sostenible, y consideramos que la conciencia tiene tres niveles: conocimientos, actitudes y acción, entonces vemos que los procesos y esfuerzos que existen en nuestro país aún no han logrado llegar al primer nivel de la conciencia, es decir, a la generación de conocimiento. 

Basta con observar cómo han cambiado nuestros paisajes… donde antes había un lago o un río ahora son tiraderos de basura. Y para colmo, sobresalen los desechos y envases plásticos. Para el desarrollo de la conciencia ambiental es necesario que empresas, instituciones, organizaciones, escuelas y cada uno de nosotros incorporen la dimensión ambiental en sus actividades. 
El reto está en desarrollar una conciencia ambiental proactiva, de compromiso, que conlleve a incorporar en nuestras decisiones más sencillas y domesticas el tema ambiental. Para tal efecto, se requiere aumentar con urgencia la investigación que genere información que debe traducirse en recomendaciones y propuestas para los diferentes sectores económicos.

 

Conocer el medio ambiente nos permitirá protegerlo. En la medida que el tema sea comprensible para la mayoría de la población, se facilitara la participación ciudadana en diversas actividades orientadas a conservar el ambiente y estaremos en el proceso de contribuir con el desarrollo sostenible de nuestro países.

¿Cuándo surge? En 1972, la Conferencia de Naciones Unidas para el medio ambiente proclamó en Estocolmo:

El hecho de defender y mejor el ambiente para las generaciones presentes y futuras se ha convertido en un objetivo primordial para el hombre”.

Este evento fue uno de los primeros acontecimientos de importancia que invito a tomar las medidas necesarias para llevar a cabo en todo el mundo, programas de educación ambiental destinados no solo al público escolar, sino a todos los sectores sociales.

Con posterioridad, en 1975 UNESCO PNUMA organizaron en Belgrado (Yugoslavia) la conferencia Internacional sobre Educación Ambiental. El documento redactado y adaptado como La Carta de Belgrado planteo de igual manera la siguiente necesidad:

“Conseguir que la población se consciente y este preocupada por el ambiente y, que posea lo conocimientos, capacidad, mentalidad, motivaciones y el sentido de la responsabilidad que le permita trabajar individual y colectivamente para resolver los problemas actuales e impedir que surjan otros nuevos”.

Esta recomendación implicaba la generación de cambios en la formas de pensar y de actuar, tales que permitieran hallar una solución a los problemas ambientales.
 
Los participantes en esta conferencia reconocieron que, para la mayoría de los habitantes del planeta, la educación y en particular la ambiental, es un potente factor de cambio y desarrollo, y que la misma juega un papel decisivo en la promoción de una ética ambiental que se preocupe por el equilibrio entre las relación del hombre con su entorno, la calidad de vida de todo los seres y la satisfacción de las necesidades humanas (actuales y futuras).
Desde entonces a la fecha, ha sido un denominador común el plantear como objetivos la necesidad de ayudar a los individuos y Grupos Sociales con relación al entorno global y su problemática local a:



  • Sensibilizarse y tomar conciencia;
  • Conocer y comprender la responsabilidad y el papel crítico que le atañan;

  • Adquirir valores sociales que  motiven su participación en la protección y mejora del ambiente;
  • Lograr competencias necesarias para colaborar con la resolución de los problemas ambientales locales 
  • Establecer medidas y crear programas o actividades educativas en función de factores ambientales, sociales, políticos, económicos.

En 1992, diecisiete años más tarde la AGENDA 21, documento de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el medio ambiente (Río ´92), en el capítulo 36: 

...fomento de la educación, la capacitación y la toma de conciencia, plantea que la educación, el aumento de conciencia del público y la capacitación están vinculados prácticamente con todas las ares temáticas de la AGENDA 21 y aún más, con las que se refieren a la satisfacción de las necesidades humanas básicas, la información, la ciencia y la función que corresponde a los grupos principales. 

El documento adoptado por esta conferencia fue elaborado a partir del rescate de los principios fundamentales recomendados en Belgrado y en Tbilisi (Georgia, URSS 1977).

Si examinamos los objetivos planteados con las situaciones reales, tales como el caso que dio lugar en nuestro país a la adopción por Ley Nº 24.605: en la cual se establece el día 27 de septiembre como el día de la conciencia ambiental, vemos que escasamente hemos alcanzado las metas propuestas nacional e internacionalmente respecto de la inserción de una conciencia ambiental.

Sostenemos que no existe una buena gestión del entorno sin la cooperación entre diferentes instituciones del Estado y de la sociedad en general, sin la cooperación del sector productivo y si la población no está informada y concientizada a fin de actuar individual y colectivamente por mediación de sus representantes.


Se ha expresado en la AGENDA 21 la necesidad de implementar programas educativos ambientales convencionales y no convencionales que faciliten:


a. Reorientar la educación hacia el desarrollo sostenible;

b. Aumentar la conciencia y la participación de los habitantes en general 

c. Fomentar la capacitación de los actores sociales en las diferentes temáticas ambientales con un enfoque holístico.

Se declaró el día 27 de septiembre como el Día de la Conciencia Ambiental en memoria de las personas fallecidas como consecuencia del escape de gas cianhídrico ocurrido en la ciudad de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, en 1993.


1.3 La biósfera

La noción de biósfera fue introducida por Lanmark y desarrollada por Edward Suess en 1873, aunque su rimer utilización en un estudio sistemático se debe al ruso Vladimir Vernadsky en 1924.

La biósfera comprende aproximadamente, la hidrósfera (el agua), la zona más superficial de la litósfera (el suelo), la criósfera (los polos) y la atmósfera (el aire), abarcando desde unos 50 kilómetros de altitud en la atmósfera hasta los fondos oceánicos más profundos.

Podemos decir que la biósfera está constituida por la capa de aire, de agua y de suelo que posibilita la vida de las especies en la tierra.

1.3.1 Elementos abióticos: el suelo, el agua, el aire.

Los elementos abióticos son el suelo, el agua y el aire.

Los dos primeros proveen las sustancias minerales y nutrientes necesarias para la subsistencia de las especies, en particular las vegetales.

El suelo contiene los nutrientes que hay en nuestro alimento, por medio de los vegetales y en cierta medida la carne que ingerimos se compone de ellos. Pero no solo esos poseen sino que allí se desarrollan otros insumos y recursos comunes básicos para el desarrollo humano como la madera, los cereales, el algodón, entre otros.

El agua cubre la mayor parte de este planeta, específicamente el 71% de la superficie del mismo. El volumen de agua de la tierra es de alrededor de unos 3.000 metros de profundidad y sin embargo sólo una pequeña fracción de la misma esta disponible para el consumo, como agua dulce, representando un 3%, a lo que cabe agregar la que se haya distribuida de manera muy poco uniforme.
 
Casi el 2,997 % de ese 3% mencionado está en el hielo de los polos, los glaciares o es agua subterránea situada a demasiada profundidad, resultando muy costosa su extracción.
Esto significa que un 0,003% del volumen total del agua de la tierra es utilizable. Esta mínima cantidad

 El aire, no sólo aporta el oxígeno  que respiramos y el dióxido de carbono que es vital para el desarrollo del mundo vegetal sino que además es determinante del clima mundial por medio de su circulación. 

En efecto, los variables niveles de temperatura y precipitación promedio que desarrollan los diferentes climas del mundo, son causados principalmente por la forma en que circula el aire sobre la superficie terrestre.

1.3.2 Elementos bióticos: las especies
Los elementos bióticos están constituidos por las diversas especies vivas que habitan nuestro planeta.
La clasificación de los seres vivos propuesta por el científico Ernst HAECKEL, hace referencia a tres reinos:

  • Reino Animal   
  • Reino. Vegetal y 
  • Reino Protista.

El hombre es una más de las especies que pueblan la biosfera, sin embargo sus características hacen que su impacto en la misma sea mayor que el causado por cualquier otra.
Este impacto proviene de dos hechos: el aumento de población y el consumo exagerado de energía característico de la especie humana.

1.4 La Ecología. Los Ecosistemas. Los Procesos Ecológicos. La Naturaleza. La calidad de vida. 
El paisaje. El Patrimonio Ambiental.

La ecología comprende el estudio de todos los elementos del planeta tierra y de la relación e interdependencia entre ellos, comprendiendo el fenómeno de la energía y los ciclos de la materia.
Estudia por ello las relaciones existentes entre los organismos y el medio en que viven. Proviene del griego Oikos (casa o lugar donde se vive) y logos (ciencia, estudio o tratado).
Las especies vegetales forman parte de asociaciones entre ellas que dependen de las características físicas y químicas del suelo y del agua, de la altitud, latitud, clima, etc. A estas especies vegetales corresponden especies animales que se alimentan de ellas (herbívoros), que a su vez forman parte de la alimentación de consumidores de tercer orden o carnívoros.
Esta cadena alimenticia que se relaciona con el ambiente en donde se desarrolla se denomina ecosistema

El conjunto de elementos bióticos y abióticos presentes en un espacio determinado, constituyen una unidad funcional denominada ecosistema.

Los procesos ecológicos son aquellos procesos físicos y químicos o actividades biológicas de factores vivos o no vivos que influyen sobre los ecosistemas y los mantienen y permiten su desarrollo.
Muchas actividades humanas amenazan contra estos procesos poniendo en riesgo las extinciones de las especies.
La calidad de vida es una de los pilares fundamentales sobre los que se basa la tutela del Ambiente. La maximización de la calidad de vida de los habitantes de una comunidad está íntimamente relacionada con el accionar de la administración pública y su regulación normativa que establezca acciones a cumplir por parte de aquellas actividades humanas que puedan ser degradables o susceptibles de degradar el ambiente.
El Estado debe garantizar la satisfacción de las necesidades básicas de sus habitantes, como son la salud, vivienda, alimentación, educación, cultura, derechos consagrados en nuestra Constitución Nacional.
 
El paisaje forma parte del ambiente en cuanto constituye la armonía entre los factores que componen un determinado sistema natural o seminatural, incluyendo construcciones, edificios, caminos, etc.
A su vez todo ello trata de introducir un elemento jurídico esencial en la conservación del ambiente dentro del concepto de patrimonio ambiental, integrado por el patrimonio cultural, biológico, arquitectónico o urbano.
Finalmente otro de los pilares de la tutela ambiental es el llamado desarrollo sustentable o sostenible, que consiste en el desarrollo económico y la explotación de los recursos naturales para satisfacer las necesidades humanas sin poner en peligro los derechos de las futuras generaciones.

 
UNIDAD 2: 
HOMBRE-AMBIENTE NATURAL
Y CULTURAL RELACIÓN

2.1 Ecología y ciencias Sociales.
Antropocentrismo y Biocentrismo Jurídico.

La Ecología es la parte de la biología que estudia las relaciones existentes entre los organismos y el medio en que viven. Proviene del griego Oikos, casa o lugar donde se vive y Logos, ciencia, estudio o tratado.

La ecología es el estudio de la relación entre los seres vivos y su ambiente o de la distribución y abundancia de los seres vivos y como esas propiedades son afectadas por la interacción entre los organismos y su ambiente. 
 
El ambiente incluye las propiedades físicas que pueden ser descritas como la suma de factores abióticos locales, como el clima y la geología y los demás organismos que comparten ese hábitat (factores bióticos).

La ecología estudia los organismos, su ambiente y las relaciones mutuas que se establecen, teniendo presente que el ambiente de un organismo está formado por todo lo que le influye, sea vivo o no vivo, sea de una especie o de otra.

Dado que se focaliza en los más altos niveles de organización de la vida en la Tierra y en la interacción entre los individuos y su ambiente, la ecología es una ciencia multidisciplinaria que utiliza herramientas de otras ramas de la ciencia, especialmente Geología, Geografía, Física, etc.
Delimitar hasta dónde llega la ecología y donde comienzan otras ciencias naturales y sociales resulta a veces complicado y nos indica que en ciencia no suele haber soluciones de continuidad.
Que se tiene quee existe una relación entre la Ecología y las Ciencias Sociales en base a la opinión pública, que se tiene de ésta, la cual es considerada desde dos puntos de vista: 

  • el movimiento de ideas ligado a la protección de la naturaleza
  • el movimiento político a través de las organizaciones internacionales como Greenpeace. 


A partir de esta división encontramos por un lado a los ecologistas y por el otro a los ecólogos
que son los científicos que estudian los elementos de la Biósfera, sus transformaciones, etc.
Esto pone de manifiesto como surgiendo dentro de las ciencias naturales, la Ecología ha ampliado sus horizontes hacia otras ramas de las ciencias entre ellas las sociales, dado las complejas y múltiples interrelaciones del Hombre su Ambiente, incluyendo ramas tan diversas como Economía, Derecho, Política, entre otros.

La Teoría filosófica que sitúa al hombre como centro del universo.

El antropocentrismo (del griego anthropos, “humano”; y kentron, “centro”) es la doctrina que hace al ser humano medida de todas las cosas, su naturaleza y bienestar, son los principios de juicio según los que deben evaluarse hacia los demás seres y la organización del mundo en su conjunto.
En un conjunto moderno, se ha llamado antropocentrismo a las doctrinas o perspectivas intelectuales que toman como único paradigma de juicio las peculiaridades de la especie humana, mostrando un sesgo sistemático por el hecho de que el único entorno conocido es el apto para la existencia humana, y ampliando indebidamente las condiciones de existencia de esta a todos los seres inteligentes posibles.
El biocentrismo (del griego, bios, “vida”; y kentron, “centro”) es un termino aparecido en los años 1970 para designar una teoría moral que afirma que todo ser vivo merece respeto moral.
Asociado en sus orígenes con la deep ecology (ecología profunda o radical), el biocentrismo pretende reivindicar el valor primordial de la vida. El biocentrismo es un modo de pensar que se contrapone al geocentrismo y al antropocentrismo.
Funda su ideario en los conceptos de interacción, la coevolución, la complejidad de las relaciones entre las especies, la no discriminación, el trato con los animales, la cultura de lo vivo, la interactividad de los sexos, la democracia participativa, la agricultura ecológica y el uso de las energías renovables.
La progresiva formación del denominado concepto de ambiente, el cual ha venido siendo influenciado por diferentes concepciones (éticas, sociológicas y jurídicas). Así pues, desde el punto de vista ético se encuentran posturas doctrinales tales como: antropocentrismo, egocentrismo, biocentrismo, homocentrismo, relación de transitividad, ecomarxismo, ética del medio, deep ecology.

En cuanto a las concepciones sociológicas, se considera que el ambiente se define a partir de su comprensión como realidad social. En ese sentido, se postulan tesis como la de la satisfacción de las necesidades, o la de la sociedad del riesgo; o bien la de la justicia intergeneracional. Mientras que desde las posturas jurídicas (tendencia mayoritaria), la cuestión se planteao bien comprendiendo la situación jurídica de la naturaleza y de los recursos naturales que la componen, para lo cual se les atribuye la condición de bienes jurídicos (se habla de bienes ambientales); o, bien estableciendo las reglas con base en las cuales las actividades humanas se relacionan y entrecruzan con el ambiente que le rodea.
Curiosamente, el derecho como máxima de orientación y de regulación de las relaciones sociales,
tiene hoy en día ante sí el reto de superar el umbral de las relaciones sociales propias de los seres humanos y proyectarse a aquellas relaciones que el hombre entabla con su entorno, pero con la diferencia que no existen dos extremos con personalidad a la que puede atribuirse un comportamiento o una conducta. En todo caso, la doctrina jurídica tiende a establecer lo que se ha dado a llamar el concepto englobado del ambiente, con base en el cual se comprenden las dimensiones señaladas.
Lo que debe quedar claro, es que pese al tratamiento jurídico con el que los diferentes ordenamientos jurídicos dotan a la cuestión ambiental no supone haber superado del debate conceptual del mismo. Por el contrario, se trata de una definición que por sus caracteres transversales, asimétricos y dinámicos permanece en constante mutación, aunque sujeta a la concepción histórica que tras época va marcando el hombre en relación con las necesidades que requiere cubrir para su propia subsistencia.
A grandes rasgos, podríamos dividir las distintas sensibilidades humanas en tres grandes grupos claramente diferenciados, en función de lo que creemos punto de partida de nuestra ética particular.
Por un lado, se encuentra el antropocentrismo; postura que defiende los intereses de los seres humanos por encima de cualquier otro tipo de interés o preferencia del resto de los seres vivos en general y de los sintientes en particular. Cualquier medida adoptada a favor de la naturaleza en su conjunto, o de alguna parte de ella sería aprobada únicamente en caso de que se tratara de un acto beneficioso o útil para la especie humana en su conjunto o parta algún individuo en particular.
En segundo lugar, y totalmente opuesta a la primera postura, se encuentra el biocentrismo, que en todas sus vertientes, defiende la idea de que todos los seres vivos merecen consideración moral por el mero hecho de estar vivos.
2.2 Noción de Impacto Ambiental

Por impacto ambiental se entiende el efecto que produce una determinada acción humana sobre el medio ambiente en sus distintos aspectos.
El concepto puede extenderse, con poca utilidad, a los efectos de un fenómeno natural catastrófico. Técnicamente, es la alteración de la línea de bases (medio ambiente), debido a la acción antrópica o a eventos naturales. 
Impacto ambiental
Las acciones humanas, motivadas por la consecución de diversos fines, provocan efectos colaterales sobre el medio natural o social. Mientras los efectos perseguidos suelen ser positivos, al menos para quienes promueven la actuación, los efectos secundarios pueden ser positivos y, más a menudo, negativos. 

La evaluación de impacto ambiental (EIA) es el análisis de las consecuencias predecibles a la acción; y la Declaración de Impacto ambiental (DIA) es la comunicación previa, que las leyes ambientales exigen bajo ciertos supuestos, de las consecuencias ambientales predichas por la evaluación.
El término impacto ambiental se utiliza en dos campos diferenciados, aunque relacionados entre sí: el ámbito científico-técnico y el jurídico administrativo.

  • El ámbito científico-técnico ha dado lugar al desarrollo de metodologías para la identificación y la valoración de los impactos ambientales, incluidas en el proceso que se conoce como Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)
  • el jurídico administrativo ha producido toda una serie de normas y leyes que obligan a la declaración de impacto ambiental y ofrecen la oportunidad, no siempre aprovechada, de que un determinado proyecto pueda ser modificado o rechazado debido a sus consecuencias ambientales (véase Proyecto técnico). Este rechazo o modificaciones se producen a lo largo del procedimiento administrativo de la evaluación de impacto. 

Gracias a las evaluaciones de impacto, se estudian y predicen algunas de las consecuencias ambientales, esto es, los impactos que ocasionara una determinada acción, permitiendo evitarlas, atenuarlas o compensarlas.

Podemos definir al impacto ambiental como el daño que recae sobre el patrimonio ambiental que es común a una colectividad. 

desde una concepción moderna es el proceso por el cual una acción que debe ser aprobada por una actividad pública y que puede dar lugar a efectos colaterales significativos para el medio, se somete a una evolución sistemática cuyos resultados no tenidos en cuenta por la autoridad competente para conceder o no la aprobación.

2.3 Los cambios de Paradigmas. Modelos de Desarrollo.

2.3.1 Desarrollo Sustentable. Contenido y críticas.

El término desarrollo sostenible, sustentable o perdurable se aplica al desarrollo socioeconómico y fue formalizado por primera vez en el documento conocido como Informe Brundtland (1987), fruto de los trabajos de la comisión Mundial de Medio Ambiente y Desarrollo de Naciones Unidas, creada en Asamblea de Naciones Unidas en 1983. Dicha definición se asumiría en el principio 3° de la declaración de Rio (1992).

2.3.2 Dimensiones del Desarrollo Sostenible.

El ámbito del desarrollo sostenible puede dividirse conceptualmente en tres partes: ambiental, económica y social.  

Se considera el aspecto social por la relación entre bienestar social con el medio ambiente y la bonanza económica. 
Deben satisfacerse las necesidades de la sociedad como alimentación, ropa, vivienda, trabajo, pues si la pobreza es habitual, el mundo estará encaminado a catástrofes de varios tipos, incluidas las ecológicas. 
Así mismo, el desarrollo y el bienestar social, están limitados por el nivel tecnológico, los recursos del ambiente y la capacidad del medio ambiente para absorber los efectos de la actividad humana.
Ante esta situación, se plantea la posibilidad de mejorar la tecnología y la organización social de forma que el medio ambiente pueda recuperarse al mismo ritmo que es afectado por la actividad humana.
Esquema de los tres pilares del desarrollo sostenible
     El desarrollo sustentable es la unión o lazo entre el medio ambiente y el desarrollo, cuya finalidad es buscar un nuevo modo de desarrollo basándose en una sana utilización de los recursos para la satisfacción de las necesidades actuales y futuras de la sociedad. Existen, por lo tanto, la responsabilidad de preservar para las generaciones futuras un medio ambiente humano que pueda darles un nivel de vida decoroso. La sustentabilidad va a ser requerida en cuatro áreas:    
  
   Ecológica: mantener los procesos ecológicos, la diversidad biológica animal y vegetal, y los recursos biológicos para permitir su regeneración.  
      Social: igualdad de oportunidades entre los miembros de la sociedad y estimulación de la integración comunitaria 
     Cultural: preservar la identidad cultural básica y la relación entre el hombre y su medio.
    Económica: capacidad de generar bienes y servicios usando racionalmente los recursos naturales, humanos y de capital para satisfacer las necesidades básicas.

2.4 Los recursos comunes ambientales
Los sistemas biosféricos que dan sustento a la vida social, constituyen recursos comunes ambientales que han sido objeto con una revalorización creciente concomitante con su deterioro.
El capital ecológico en el que podría establecerse la progresiva expansión que ha experimentado el concepto de capital se conceptualiza desde cuatro dimensiones a saber:

  • Dimensión Física: Capital físico propiamente dicho, contiene el concepto tradicional, maquinarias, equipos, etc.
  • Dimensión Humana: Está compuesta por las capacidades individuales de los habitantes de una determinada comunidad y sus potencialidades productivas.
  • Dimensión Institucional o Social: Comprende las formas organizativas, institucionales y culturales predominantes que acrecientan las capacidades productivas de una Nación.
  • Dimensión Ecológicas: Son las que alcanzan los conjuntos de activos o recursos comunes ambientales que proveen un flujo vital de bienes y servicios ecológicos, renovables y no renovables. Estos recursos comunes ambiéntales poseen un valor intrínseco que deriva de su funcionalidad más que de su valor como bienes transables.
Actualmente es notorio que el deterioro ambiental consiste en la sobreexplotación de los recursos naturales ó la sobrecarga de las funciones ambientales que prestan los ecosistemas, por un manejo irracional en que se transgreden ciertos límites e incurren en costos socio ambiental excesivo. 
El desarrollo sustentable como modelo de desarrollo ha implicado el repensar las estrategias de estos recursos comunes ambientales por cuanto forman parte y son complementarios del capital de un país o nación con la consecuente consideración que los bienes y servicios que ofrece la naturaleza son irremplazables.

2.5 Los ecosistemas como base natural económica y como riqueza ecológica
 

Se define a los ecosistemas como el conjunto de los elementos bióticos y abióticos presentes en un espacio determinado constituyendo una unidad natural.
Las especies vegetales forman entre ellas asociaciones que dependen de las características físicas y químicas del suelo y del agua, de la altitud, latitud, clima, etc. A estas asociaciones vegetales corresponden especies animales que se nutren de las plantas que las componen. Estos herbívoros son a su vez consumidos por carnívoros que son presas de otros y así seguidamente hasta llegar a la cima de la pirámide alimentaria.
La destrucción de los ecosistemas conlleva la desaparición de las especies que de ellos dependen.
Los ecosistemas constituyen la base de la economía nacional y es en razón de ello que los países deben prever la existencia de ciertas normas que establezcan la planificación para su explotación racional y sostenible.
A su vez pueden verse como capital ecológico en donde estos ecosistemas resultan recursos idóneos para la inversión, la producción y el consumo, herramientas que deben estar orientadas hacia una relación racional y compatible con la naturaleza. De la riqueza ecológica pueden obtenerse bienes y servicios ambientales compatibles con la evolución de las nuevas tecnologías de producción y de los bienes que se producen y demandan, cuidadosa del equilibrio dinámico entre la población creciente y los derechos de las generaciones futuras.




UNIDAD 3:
FUNDAMENTOS DEL DERECHO AMBIENTAL Y TUTELA AMBIENTAL


3.1 El Ordenamiento Jurídico como un todo. El Derecho Público. El Derecho Privado.


En un sentido amplio el derecho ambiental es una rama del derecho que no sólo se ocupa del ambiente natural, la condición física del suelo, el aire y el agua, sino que también comprende al ambiente humano, la salud, situaciones socioculturales y otras condiciones logradas por el hombre que influyen en su hábitat.
El denominado derecho ambiental es una especialidad de la ciencia jurídica, lo que no significa que todas las normas legales que ahora se consideran como propias de esta materia sean nuevas de por sí. A la moderna legislación ambiental (leyes generales y sectoriales) generadas a nivel internacional, nacional, provincial y municipal, en las últimas décadas, se adiciona un conjunto de leyes ambientales dispersas, como las leyes de presupuestos mínimos ambientales, ley de aguas, de minería, suelos forestales, etc., o factores que influyen en el ambiente como leyes de contaminación atmosféricas, hídricas, etc., o aún en cuerpos legales objetivos más amplios, como Código Civil y Penal, los que por su estructura, tradicionalmente han resultado ajenos a la problemática ambiental, ya que esta trasciende la esfera del derecho privado, incidiendo en el derecho Público. Conforme a ello, el Derecho Ambiental estaría formado por el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones, de derecho público y privado, tendientes a mantener el medio ambiente libre de contaminación o mejorar sus condiciones.
Conceptualizando esta disciplina diré que el Derecho Ambiental es la rama del Derecho Público y Privado que regula la relación del hombre con el ambiente, estableciendo las conductas antrópicas sobre el medio en el que se desarrolla.


3.2 El ambiente como objeto del derecho ambiental

El artículo 41 de la Constitución Nacional ha consolidado el Ambiente como un bien jurídico protegido. La relevancia de esta postura dogmática, se traduce en la consecuencia de la posibilidad de configurar lesiones de ese bien que posean relevancia jurídica y que constituyan por ende un daño ambiental.
Por otro lado permite confrontar la consideración unitaria del ambiente, desde la ecología y las ciencias sociales, correspondiendo a una consideración única en el plano del Derecho.

3.3 Caracteres del Derecho Ambiental

Esta disciplina que forma parte del Derecho, conforma una rama jurídica que unifica su objeto, metodología y problemática, teniendo un cierto número de características específicas que le son propias:
a) Carácter interdisciplinario: Debido a la concepción amplia que caracteriza a esta rama del Derecho resulta la multidisciplinariedad que la caracteriza. Se requiere de establecer todas las medidas de tutelas y la asistencia de disciplinas que estudian los aspectos físicos, químicos y biológicos del ambiente, evaluarlos y proponer las soluciones legislativas, teniendo en cuenta todos aquellos datos económicos y sociológicos que puedan ser aportados.
b) Carácter Supranacional: Debido al rol que enfrentan los factores que se ponen en juego, sus efectos y consecuencias sobrepasan los límites jurisdiccionales de los Estados y destacan la importancia de la cooperación regional e internacional.
c) Carácter patrimonial: Debido a la concepción que hemos realizado de ecosistemas como base y unidad de economía, es que le asignamos al ambiente y sus factores un valor intrínseco, que es compatible con lo preceptuado por nuestro artículo 2311 del Código Civil.
d) Carácter Autónomo: Esta autonomía está referida a dos ámbitos. 
  • El primero, en cuanto es una disciplina autónoma porque a pesar de recurrir a leyes comunes, también tiene sus normas propias, como por ejemplo: Códigos de aguas, de Minería, leyes de presupuestos mínimos, etc.
  • El segundo en cuanto a su autonomía didáctica, dado que estamos en presencia de una rama jurídica que se enseña en una cátedra propia, con objeto, objetivos y metodología que le son acordes.

3.4 Campo de Aplicación

En cuanto que el ambiente consiste en la interrelación de los seres vivos y no vivo, incluyendo también al hombre y su relación con el medio el Derecho Ambiental es un derecho de carácter horizontal.
Por ello que esta rama alcanza a diferentes disciplinas del derecho público internacional y del derecho público interno. El derecho Público está implicado en cuanto a la tutela ambiental contra el impacto que la actividad humana produce sobre los recursos naturales, en cuanto esta actividad no despliega un desarrollo sostenible ni racional.
El derecho Privado está comprometido en la protección de los derechos individuales y la reparación de los daños privados que pueden causar estas implicancias humanas en el ambiente

3.5 Las demás ramas del derecho implicadas
1) Derecho Internacional Público.
Este Derecho comprende una numerosa serie de convenciones internacionales, resoluciones obligatorias, dictadas por organismos internacionales y un cierto número de textos no obligatorios de carácter declarativo.

Las normativas obligatorias internacionales son en realidad escasas, puesto que los órganos investidos de competencia para dictar las mismas, son pocos y cautelosos al momento de sancionarlas. Por el contrario, las resoluciones no obligatorias son numerosas e importantes diferenciándose en tres órdenes a saber:

a) Recomendaciones y directivas: Son las que se les recomiendan a los estados miembros con el fin de alcanzar objetivos ambientales comunes
b) Programas de Acción Colectivas y Coordinadas: Son aquellos programas que tienden a proponer actividades ambientales a sus estados miembros a los efectos de contrarrestar problemáticas ambientales generales.
c) Declaraciones de Principio: Son las que tienen por objeto delinear temas ambientales de prioridad común, que serán motivo de foros y debates en función a las cuestiones ambientales actuales y de interés común a los estados.
2) Derecho Público Interno.
El derecho público interno de cada país, está conformado por las normas legales que cada uno de ellos dicta en ejercicio de su poder de policía, salubridad, defensa de sus recursos naturales para la preservación y mantenimiento de la biodiversidad biológica autóctona.
3) El Derecho Privado Interno.
Este derecho se haya estructurado bajo el reconocimiento legal de los derechos subjetivos que amparan los intereses legítimos de las personas. Si estos intereses son afectados por el ataque a los bienes jurídicos materiales o inmateriales de una persona, ésta goza de la facultad de hacer cesar la acción ilícita y obtener la reparación del llamado daño ambiental.

3.6 Factores susceptibles de Tutela
La legislación del ambiente se centra en las personas desde la perspectiva que las rodea externamente, tanto natural como artificialmente creado.
Inclusive se tiene en cuenta el nuevo concepto de calidad de vida como idea interdisciplinaria utilizada a modo de herramienta para la toma de decisiones en materia ambiental.
Se han propuesto conceptos restringidos que definen al ambiente como los elementos naturales de titularidad común, limitando la protección a la tutela del aire, agua y suelo, con exclusión del resto de la naturaleza (Martín Mateo), o bien se lo concibe como un complejo de bienes que se resumen en los factores fundamentales del ambiente biológico en el cual se encuentran hombres, animales, vegetales (seres vivos) y atmósfera y agua como condiciones imprescindibles para la vida del planeta (seres no vivos), comprendiendo sólo a ellos la tutela jurídica.
Por nuestra parte ya hemos considerado que tomando como base la interacción entre sociedad y ambiente, y partiendo de la hipótesis que tales relaciones determinan mutaciones en la sociedad, la identificación del medio ambiente como interés, valor o bien jurídico, constituye la protección de otros bienes o factores como la salud pública, la seguridad, la integridad o el patrimonio vinculados subjetivamente con los derechos humanos básicos.
3.7 Intervención del Estado
3.7.1 Caracteres de los Factores Tutelados
Los caracteres de los factores tutelados son aquellos que en razón de su interés o valor jurídico tienen una función instrumental a los fines de equilibrar el nexo antrópico natural. Los factores tutelados merecen esta protección por parte del Estado por formar parte de la dimensión ecológica de su capital, necesaria e indispensable para toda economía nacional.
En general los Estados manifiestan a través de sus legislaciones la protección de los factores que integran el ambiente como una necesidad básica actual para el desarrollo de la creciente población, la utilización de tecnologías alternativas y el resguardo de los recursos naturales para el goce, satisfacción y necesidades de las generaciones venideras.
3.8 Factores Conexos
La consideración del ambiente entendida como un conjunto de factores de tutela, no impide reconocer su estrecha relación con otros bienes o intereses conexos como son la recreación, el paisajismo, la urbanización, la arquitectura; éstos son intereses que hasta pocas épocas pasadas recibían un resguardo indirecto, a través de situaciones patrimoniales relevantes referidas a sujetos individuales pero no en forma independiente


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